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Sentencia del Tribunal Supremo sobre jornadas pactadas en contrato de lunes a domingos

13 Junio, 2025

¡Confirmado! La Sentencia del Tribunal Supremo que Exime a Empleados de Trabajar Sábados y Domingos (Si Trabajan de Lunes a Viernes)

 

Un Cambio Radical en el Escenario Laboral Español

Recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia histórica que está generando un gran impacto en el panorama laboral de España. Esta decisión judicial establece un precedente crucial para aquellos empleados cuyos contratos iniciales incluyen la disponibilidad de trabajar de lunes a domingo, pero que en la práctica han venido desarrollando su jornada exclusivamente de lunes a viernes durante un periodo prolongado. La clave de esta sentencia es clara: las empresas no pueden imponer unilateralmente un cambio a la jornada laboral para incluir sábados y domingos si esta medida no ha sido objeto de una negociación previa y justificada.

¿Qué Dice la Sentencia?

La sentencia del Tribunal Supremo (varias fuentes hacen referencia a la STS 1643/2025, entre otras, aunque las fechas exactas pueden variar ligeramente en las publicaciones) declara nula la decisión empresarial de establecer una jornada laboral que incluya sábados y domingos sin seguir el procedimiento legal establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Esto significa que, incluso si el contrato inicial contempla la posibilidad de trabajar todos los días de la semana, la realidad consolidada de trabajar de lunes a viernes durante años genera derechos adquiridos para el trabajador.

 

El Contexto del Fallo

La raíz de este fallo judicial se encuentra en casos donde las empresas, después de un tiempo considerable en el que los empleados trabajaban de lunes a viernes, decidían de repente activar la cláusula contractual que les permitía exigir trabajo durante el fin de semana. El Tribunal Supremo ha dictaminado que este tipo de cambios no son meras aplicaciones contractuales, sino que constituyen una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Por lo tanto, requieren un procedimiento formal de negociación colectiva.

 

Esta sentencia refuerza el derecho al descanso y pone límites a las cláusulas de disponibilidad que, en ocasiones, han sido utilizadas por las empresas para alterar la vida personal y laboral de los trabajadores sin el debido proceso. No basta con invocar el contrato literalmente; el Alto Tribunal subraya que lo relevante es cómo se ha venido prestando el servicio habitualmente.

Situación antes de la sentencia

Situación tras la sentencia 1643/2025

El empleador aplicaba la cláusula de disponibilidad para imponer sábados y domingos sin negociar.

Todo cambio al fin de semana se considera modificación sustancial y exige trámite del artículo41ET.

El trabajador debía probar el perjuicio para frenar el cambio.

La carga recae en la empresa: debe demostrar causas y negociar.

Las cláusulas “lunes a domingo” se interpretaban de forma literal.

Se valora la práctica habitual; el uso continuado de lunes a viernes crea un derecho adquirido.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Implicaciones y Recomendaciones para Empresas y Trabajadores

La sentencia del Tribunal Supremo marca un antes y un después en la protección de los derechos laborales. Sus repercusiones son significativas tanto para las empresas como para los trabajadores.

Para las Empresas:

Negociación Obligatoria: Las empresas ya no podrán imponer cambios unilaterales en los horarios que afecten la inclusión de sábados y domingos si no se ha seguido un proceso de negociación y justificación conforme al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

Revisión de Contratos y Prácticas: Es fundamental que las empresas revisen sus contratos y, sobre todo, sus prácticas laborales. Si un empleado ha trabajado de forma consistente de lunes a viernes, cualquier intento de modificar esta jornada para incluir fines de semana deberá ser debidamente negociado y justificado.

Prevención de Conflictos: Cumplir con la legalidad en la modificación de las condiciones laborales no solo previene litigios, sino que también fomenta un ambiente de trabajo más estable y justo.

Para los Trabajadores:

Protección del Descanso: Esta sentencia blinda el derecho al descanso semanal, especialmente para aquellos que han consolidado una jornada de lunes a viernes.

Capacidad de Impugnación: Si una empresa intenta imponer el trabajo los fines de semana sin la debida negociación o justificación, los trabajadores tienen ahora un fuerte respaldo legal para impugnar dicha decisión.

Derechos Adquiridos: La práctica habitual de la jornada laboral durante un tiempo prolongado genera derechos adquiridos que prevalecen sobre cláusulas contractuales más amplias si no se ha aplicado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo conforme a la ley.

Conclusión:

Este veredicto del Tribunal Supremo es un paso adelante en la defensa de la estabilidad laboral y la conciliación. Se pone de manifiesto que el respeto a la jornada habitual y a los derechos adquiridos es fundamental. Las empresas deben ser transparentes y seguir los procedimientos legales para cualquier cambio significativo en las condiciones de trabajo, y los trabajadores pueden sentirse más protegidos ante imposiciones unilaterales.

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