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Procedimiento de actuación con los contratos de los trabajadores afectados por un ERTE

3 de Junio de 2020

Los contratos temporales afectados por un ERTE, se suspenden durante el periodo que el trabajador/a ha estado vinculado en el ERTE.

 

¿Qué hacer en CONTRATA para comunicar tal circunstancia?

No hay que comunicar nada a Contrat@

 

¿Cuál es la nueva fecha fin de esos contratos?

La que tenían pactada más los días que ha estado en el ERTE .

Se puede realizar una comunicación o anexo a los trabajadores indicándoles la nueva fecha de finalización de su contrato temporal, no siendo obligatoria esa comunicación, pero si recomendable para velar por el derecho de información al trabajador/a.

 

PRORROGAS DE CONTRATOS

Cuando finalice el contrato y al intentar prorrogarlo debe de poner como fecha de inicio de la prorroga la que efectivamente procede y entonces el sistema le hará una pregunta:

¿Ha existido un periodo de inactividad conforme a la normativa vigente, que justifique la discontinuidad?

Se indicaría que sí y se registraría la prórroga

 

TRANSFORMACIONES DE CONTRATOS

Si la transformación se va a realizar al finalizar el contrato de trabajo temporal, se actúa igual que hemos indicado en el caso anterior con las prórrogas, con la diferencia que en las transformaciones, al marcar la discontinuidad, tiene que elegir un valor IT o PRÓRROGA TÁCITA. En el caso que nos ocupan seleccione PRÓRROGA TÁCITA .

 

Desde Netcontrata puede calcular la nueva fecha de término del contrato pulsando el botón:

 y accederá al siguiente formulario: