15 de Enero de 2020
El GPS de un vehículo autorizado no sirve como demostración o prueba para el registro horario de la jornada
El Tribunal Supremo ha rechazado como prueba válida para el registro horario obligatorio de los trabajadores los datos reflejados en el GPS de un vehículo autorizado.
Este sistema puede no incluir toda la jornada laboral realizada por el trabajador debido a que el tiempo anterior y posterior al acceso al vehículo también debería considerarse como tiempo de trabajo efectivo.
En consecuencia y teniendo en cuenta la legalidad vigente en este tema, el GPRS como método de fichaje, no es viable ni garantista, ya que no se ajusta a la realidad de la jornada y además puede ser susceptible de alteración por parte de la empresa.